ACTUALIZADO A 2026
La Historia
Cuando la salud no puede esperar: Nuestra cliente padecía una patología auditiva compleja que requería una intervención quirúrgica. Tras someterse a una cirugía en un centro perteneciente a la red de su obra social, su cuadro no solo no mejoró, sino que se agravó considerablemente.
Esta intervención fallida derivó en complicaciones crónicas y un deterioro de su calidad de vida q. Ante esta situación crítica, su médico tratante determinó que era imperativo que fuera evaluada por un profesional con experticia específica en el caso con sede en otra provincia.
El Conflicto:
La necesidad médica vs. las "cartillas cerradas": El punto crítico surgió cuando la damnificada solicitó la cobertura de la consulta con el especialista recomendado, junto con los gastos de traslado y hospedaje para ella y un acompañante.
La obra social opuso una negativa basada en reglamentaciones administrativas, argumentando que, al tratarse de un "plan cerrado", los afiliados deben atenderse exclusivamente con prestadores de su cartilla y que se veían impedidos de dar curso a prescripciones emitidas por médicos ajenos a su red.
Nuestra Estrategia Legal
Defender el derecho a la salud integral: Presentamos una Acción de Amparo ante la justicia local. Nuestro argumento central fue que las limitaciones de las cartillas y los planes cerrados no pueden actuar como una barrera infranqueable para el acceso a la salud, especialmente cuando la atención previa dentro de la cartilla resultó en un daño grave.
Sostuvimos que la obra social no podía ignorar la vulnerabilidad de su afiliada, cuyo cuadro se vio desmejorado precisamente por profesionales de la propia entidad, y que el derecho a la salud es un derecho natural preexistente que debe prevalecer sobre normas administrativas
El Resultado:
La justicia local respaldó nuestra postura de manera contundente. El Juzgado Federal de Paraná ordenó a la entidad de salud brindar de forma inmediata la cobertura integral (al 100%) de la consulta médica con el especialista solicitado, así como la totalidad de los gastos de traslado y hospedaje.
El magistrado destacó que omitir esta cobertura violentaba derechos constitucionales y tratados internacionales que protegen a las personas con discapacidad, buscando que alcancen el nivel más adecuado de recuperación.
Si tu obra social o prepaga te niega una interconsulta o tratamiento fuera de su red cuando tu salud está en riesgo o los profesionales de cartilla no han podido resolver tu cuadro, tienes derecho a reclamar. La ley protege tu derecho a recibir la atención más idónea según el criterio de los médicos especialistas, por encima de los intereses económicos o reglamentos internos de las prestadoras.
Si tu prestador de salud utiliza excusas administrativas o de "cartilla" para negarte una consulta vital o un tratamiento específico tras un resultado adverso, podemos ayudarte a defender tus derechos. Contáctanos hoy para evaluar tu situación.